domingo, 17 de abril de 2016

ARCHIVO


DEFINICIÓN DE ARCHIVO
En términos generales el archivo es el ordenamiento metódico y adecuado de los testimonios escritos, de las tradiciones, de las culturas, de las artes, la ciencia y la tecnología entre otros, para su conservación y consulta.


Es el conjunto de documentos fuera cual fuere su fecha, forma y soporte material, acumulados en un proceso natural por una persona o entidad pública o privada, en el trascurso de su gestión, conservados respetando aquel orden para servir como testimonio e información a la persona o institución que los produce y a los ciudadanos, o como fuentes de la historia.

Ley Orgánica de la Administración Pública, en sus artículos:

Artículo 146. “El Plan Nacional de Desarrollo Archivístico se incorporará a los planes de la Nación y se elaborará con la participación y cooperación de las universidades con carreras en el campo de la archivología.”

Artículo 147. La documentación administrativa e histórica de la Administración Pública es producto y propiedad del Estado, éste ejercerá el pleno control sobre los fondos documentales existentes en los archivos, no siendo susceptibles de enajenación. Los órganos y entes de la Administración Pública podrán contratar servicios de custodia, organización, reprografía, digitalización y conservación de documentos de archivos; igualmente podrá contratar la administración de archivos y fondos documentales históricos con universidades nacionales e instituciones de reconocida solvencia académica e idoneidad.

Artículo 155. Toda persona tiene el derecho de acceder a los archivos y registros administrativos, cualquiera que sea la forma de expresión, gráfica, sonora o en imagen o el tipo de soporte material en que figuren, salvo las excepciones establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la ley que regule la materia de clasificación de documentos de contenido confidencial o secreto.

            Lo cual fomenta los procesos archivísticos en entidades públicas y privadas que ejercen en el estado, los cuales llevan a la creación, preservación organización clasificación y descripción de la valoración del ciclo documental en los procesos archivísticos. Lo que establece las normativas tomando en cuenta las necesidades administrativas que estipula el estado para los reglamentos a las entidades.

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